El valor de la Formación Continua en las Fundaciones

Lourdes Arnaiz

En los últimos años se ha considerado la formación con el objetivo de adaptar los sistemas de educación y de formación continua a las nuevas necesidades en materias de competencias. En nuestro país, el actual modelo de formación continua se ha desarrollado en el marco de los acuerdos nacionales en esta materia, incluyendo dos elementos básicos, la financiación con cargo a las cotizaciones para formación profesional y la participación de los interlocutores sociales.

Actualmente existe un acuerdo entre Gobierno e Interlocutores Sociales, a través del cual se considera que ha llegado el momento, en la línea de lo establecido en la Ley de las Cualificaciones y Formación Profesional, de integrar la formación ocupacional y la formación continua, orientando a ambas hacia el empleo y la empleabilidad de los trabajadores. Esto provoca el alargamiento de la vida activa del trabajador y el aprendizaje permanente.

Estamos todos de acuerdo, de que a día de hoy la participación de los trabajadores en acciones formativas y los niveles de inversión en formación son todavía insuficientes si nos comparamos con otros países de la Unión Europea, pero esto tiene que ser un reto para nosotros, y para empresas como la nuestra, que nos dedicamos a la formación profesional de los profesionales de nuestro país. Para que esta situación cambie se han aplicado medidas como la aplicación del principio de gratuidad que se garantiza mediante la financiación a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado con base en la cuota de Formación Profesional, la aportación del Estado y los créditos correspondientes al Fondo Social Europeo.

El Sistema de Formación Profesional para el empleo tiene como objetivos fundamentales los siguientes:

• Favorecer la formación a lo largo de la vida de los trabajadores, mejorando su capacidad profesional
• Proporcionar los conocimientos y prácticas adecuados a los requerimientos del mercado y a las necesidades de las empresas
• Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas
• Mejorar la empleabilidad de los trabajadores
• Promover las competencias profesionales adquiridas por los trabajadores tanto por procesos formativos como por su experiencia profesional.


De acuerdo con todo lo anterior los ejes principales de la reforma del Sistema de Formación Continua es el siguiente:

- Integración de los subsistemas de formación ocupacional y continua
- Acceso universal al conocimiento de todos los colectivos de trabajadores
- Potenciación de la formación de demanda: formación en la empresa y permisos individuales de formación
- Facilitar el sistema de bonificaciones sobre la cuota de formación para las empresas que realicen formación para sus trabajadores
- Facilitar el desarrollo de los permisos individuales de formación
- Desarrollo de una oferta formativa amplia y accesible, dirigida a los trabajadores
- Ejecución de programas de formación en alternancia con el empleo.
- Impulso de la certificación de formación profesional


El Sistema de Formación Continua ha cambiado en este último año tras la publicación de la orden TAS 2307/2007. El nuevo Sistema de Formación Continua permite que las empresas que forman a sus trabajadores puedan recuperar, total o parcialmente, sus inversiones en formación, mediante la aplicación de bonificaciones en sus boletines de cotización a la Seguridad Social.

La orden TAS desarrolla lo que se viene a llamar “Formación de Demanda”, cuyo objetivo fundamental es desarrollar una mayor promoción e integración social de los trabajadores, así como mejorar la competitividad de las empresas españolas.

Una vez realizada la formación, las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que finaliza el grupo o grupos que reciben una acción formativa y en los meses subsiguientes hasta completar el crédito de formación al que la empresa tenga derecho. En todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico. Las empresas disponen de un crédito de formación que se puede hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la formación. La cuantía de este crédito se fijará teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional en el año anterior. Se le aplicará un porcentaje de bonificación en función del tamaño de las empresas.

Con este nuevo sistema todas las empresas por muy pequeñas que sean disponen de un crédito formativo para gastar anualmente en formación. Se pueden bonificar por esta formación de enero a diciembre de cada año natural. A continuación veremos paso a paso cómo las Fundaciones pueden aportar valor formando a sus trabajadores, y bonificándose por ello.

Cada entidad decidirá qué formación es la que más se ajusta a sus necesidades formativas, y podrán elegir las fechas y horarios que más les convenga. Todo esto se canaliza a través de un sistema telemático creado por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

Con este sistema se considera la formación como una inversión por parte de las empresas y no como un gasto; una inversión en pro de su competitividad y desarrollo. Pueden ser beneficiarias de estas bonificaciones todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que coticen por formación profesional, y por supuesto, desarrollen formación para sus trabajadores.

El proceso temporal para bonificarse por formación es la siguiente:
+ Alta en el sistema de la empresa a bonificarse
+ Alta de la acción formativa a desarrollar
+ Alta del grupo. Inicio de la acción formativa
+ Ejecución de la acción formativa
+ Comunicación de finalización
+ Bonificación en los seguros sociales
+ Conciliación de créditos

Las empresas pueden desarrollar y gestionar estas bonificaciones de modo interno o adhiriéndose a agrupaciones de empresas, donde existe la figura de entidad organizadora, que es la que se encarga de realizar las gestiones en su nombre.

Con independencia del crédito disponible, se establecerá un coste máximo por participante y hora de formación, así como por modalidad o metodología formativa:

Formación Presencial:
Nivel básico: 9 €
Nivel medio-superior: 13 €
Formación a Distancia: 5,5€
Formación On line (teleformación): 7,5€
Mixta: se aplicarán los módulos anteriores en función de las horas que tenga de cada modalidad.

Para determinar la cantidad a bonificar, además de los máximos anteriores, es necesario calcular los costes totales de la formación y determinar qué parte de los mismos es bonificable y qué parte consta como aportación de la empresa. Esta aportación privada de la empresa o cofinanciación se establecerá en unos determinados porcentajes, que van del 10% al 40%, para empresas a partir de 10 trabajadores.

Para aplicarse las bonificaciones, las empresas deben haber cumplido los siguientes requisitos:
• Haber informado a la representación legal de los trabajadores
• Haber realizado la comunicación telemática del inicio con los plazos indicados
• Realizar la formación
• Haber comunicado telemáticamente la finalización de la formación

Los participantes deben haber asistido al menos el 75% de la formación para que la empresa se pueda bonificar por ellos. Asimismo, la aplicación indebida o fraudulenta de bonificaciones determinará que las cantidades correspondientes a las cuotas no ingresadas sean objeto de reclamación administrativa mediante acta de liquidación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Cuando se proceda a estas devoluciones de las cantidades comprenderán el interés de demora calculado desde el momento del disfrute indebido de las bonificaciones.

Aunque el sistema tiene una carga administrativa importante, esto no debe ser impedimento para que las empresas disfruten de estas bonificaciones, y formen a sus trabajadores. Para asesorarlas existen consultoras de recursos humanos y formación que son entidades organizadoras, y que realizan todas las gestiones telemáticas en su nombre.

Se trata de que a través de este sistema, todas las empresas se puedan bonificar por la formación que ofrezcan a sus trabajadores, y se vaya creando cada vez más una cultura formativa en las pymes y micropymes españolas.

Artículo publicado en la revista Cuadernos de la Asociación Española de Fundaciones

Lourdes Arnaiz es Gerente de Consultoría de Formaselect Consulting, división del Grupo Empresarial Formaselect especializada en servicios de selección y formación para empresas.
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